La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) negó una solicitud radicada este 15 de octubre por parte de la Casa de Nariño para transmitir una nueva Alocución presidencial de Gustavo Petro.
La entidad emitió la decisión otorgando cumplimiento a una sentencia del Consejo de Estadoemitido el 16 de septiembre de este año por el uso «indebido» que les estaba dando. Dicha decisión del alto tribunal delimitó cómo es que se darán estas transmisiones gubernamentales que interrumpen la programación habitual de los canales de television abierta en colombia.
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Estos son los argumentos que dio la CRC para no autorizar la alocución presidencial
La CRC verificó la solicitud para transmitir una nueva alocución presidencial. Después de validar el formulario enviado, la entidad señaló que la petición remitida si cumple con «los criterios de carácter personal de la intervención presidencial, no recurrencia y limitación temporal».
Sin embargo, la Comisión indicó que los criterios de urgencia, uso excepcional y delimitación temática no fueron materializados en el formulario llenado por la Casa de Nariño. Además, en la revisiónn no se evidencia «una circunstancia grave, sobreviniente o inaplazable» que justificara «la interrupción de la programación de los canales de televisión abierta del país».
El CRC afirmó que la solicitud podrá ser enviada nuevamente para su revisión. Foto:Presidencia de la República
'Esta decisión no limita la libertad de expresión del Presidente': CRC
La CRC detalló que su decisión no limita el derecho a la libertad de expresión del presidente Gustavo Petro, ni su facultad de dirigirse al país«sino que atiende al mandato judicial que ordena aplicar criterios objetivos para garantizar el uso razonable, proporcional y excepcional del servicio público de televisión».
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A pesar de que la petición haya sido declinada, la entidad recordará que esta podrá ser ajustado «conforme a los criterios establecidos y remitida nuevamente para su verificación».
El historial del presidente Gustavo Petro y las transmisiones en televisión
La decisión del Consejo de Estado que supeditó a las alocuciones de la Casa de Nariño se remontaba una tutela que instauraron varios ciudadanos, entre ellos el fallecido exsenador Miguel Uribe, en la que argumentaban que el uso «inadecuado y desproporcionado» las transmisiones vulneraban su derecho a la información.
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Esta no es la primera vez que este derecho constitucional se usa como base para que el alto tribunal decida limitar las transmisiones.
En abril de este añoel Consejo de Estado le prohibió a Petro que transmitiera sus consejos de ministros en canales privados. Lo que era una idea para democratizar la toma de decisiones del Estado para los colombianos terminó convirtiéndose en un espacio polémico y de larga duración.
Gracias a la decisión, los consejos no se transmiten en canales privados o locales. Foto:Presidencia de Colombia
Al final, el alto tribunal admitió el argumento de una ciudadana, el cual sostenía que los consejos «monopolizaban» la programación y limitaba el derecho a elegir qué contenido consumir. Con su decisión, limitó que estas reuniones fueran televisadas en canales públicos nacionales.
María Paula Rodríguez Rozo
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS




