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La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en segundo debate el Proyecto de Ley Jineth Bedoya Lima, que le exige al Estado que sus funcionarios estén capacitados para atender las violencias de género con enfoque, sensibilidad y responsabilidad.
La iniciativa debe superar dos debates más en el Senado y guardar la sanción presidencial para convertirse en Ley. Hasta el momento ha tenido buen ambiente en el poder legislativo y se espera que sea aprobado por la cámara alta.
El proyecto establece «la capacitación obligatoria en violencias contra las mujeres y enfoque de género a los servidores públicos, particulares que desempeñen funciones públicas y contratistas de entidades públicas involucradas en la prevención, atención, protección y sanción de estas violencias».
El objetivo del proyecto es combatir la revictimización y la violencia institucional contra las mujeres víctimas de violencias, garantizando la adecuada ejecución de procesos de capacitación y formación en enfoque de género y violencias contra las mujeres.
Se reitera que estos estarían dirigidos a todos los servidores públicos, particulares que ejerzan funciones públicas y contratistas vinculados a las diversas autoridades públicas, judiciales y administrativas, que forman parte y desempeñen labores en prevención y atención de violencias contra las mujeres.
El representante a la Cámara del Pacto Histórico, Gabriel Becerra, experimentó el avance a través de sus redes sociales. Dijo que se trata de «un paso fundamental para proteger a las mujeres que denuncian violencias y evitar que sean revictimizadas durante los procesos institucionales (…) Avanzamos hacia una respuesta estatal que crea, acompaña y protege».
La iniciativa fue radicada en agosto de 2024, y en sus consideraciones insiste en que «una de las mayores problemáticas a las cuales nos enfrentamos es la violencia contra las mujeres. A pesar de que hay avances en la legislación colombiana, siguen existiendo grandes retos en materia de atención, acceso a la justicia y prevención».
Ahora bien, el proyecto cita la sentencia T-735-17 de la Corte Constitucional para definir el concepto de violencia institucional:
«Es el resultado de actos de discriminación que impiden a la mujer acceder a una protección efectiva, enviando a las víctimas, a sus familias ya la sociedad, un mensaje en el sentido de que la autoridad estatal tolera la agresión contra las mujeres».
Ahora bien, las consideraciones también tienen en cuenta la orden de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso «Bedoya Lima y otra, contra Colombia»:
“Crear e implementar un plan de capacitación y sensibilización a funcionarios públicos, fuerzas de seguridad y operadores de justicia para garantizar que cuenten con los conocimientos necesarios para identificar actos y manifestaciones de violencia.
contras las mujeres basado en el género que afecta a las mujeres periodistas, protegerlas en situación de peligro e investigar y enjuiciar a los perpetradores”.
Finalmente, se concluye que esta medida propuesta por la Corte «iría en total consonancia» con el proyecto de Ley, «que tiene el objetivo de erradicar la violencia institucional y que casos tan atroces como el de la periodista Jineth Bedoya no se volverán a repetir».
ESTEBAN MEJÍA SERRANO
ESCUELA DE PERIODISMO MULTIMEDIA EL TIEMPO




