Las unidades de control migratorio ejecutaron operativos en Guayaquil, Quito, Manta y Huaquillas. Del 26 de septiembre al 03 de octubre del 2025 se ha restringido el paso a más de una docena de extranjeros.
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Los operativos, que buscan garantizar el cumplimiento de la Ley de Movilidad Humana y fortalecer la seguridad, tuvieron estos resultados:
𝐀𝐞𝐫𝐨𝐩𝐮𝐞𝐫𝐭𝐨 𝐈𝐧𝐭𝐞𝐫𝐧𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥 𝐉𝐨𝐬𝐞́ 𝐉𝐨𝐚𝐪𝐮𝐢́𝐧 𝐝𝐞 𝐎𝐥𝐦𝐞𝐝𝐨 (𝐆𝐮𝐚𝐲𝐚𝐪𝐮𝐢𝐥)
En el aeropuerto de Guayaquil se inadmitieron durante ocho días a 13 extranjeros de ocho nacionalidades: turca, estadounidense, mozambiqueña, panameña, peruana, nicaragüense, venezolana y mexicana. Ellos no pudieron ingresar al país por su condición migratoria.
𝐀𝐞𝐫𝐨𝐩𝐮𝐞𝐫𝐭𝐨 𝐈𝐧𝐭𝐞𝐫𝐧𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥 𝐌𝐚𝐫𝐢𝐬𝐜𝐚𝐥 𝐒𝐮𝐜𝐫𝐞 (𝐐𝐮𝐢𝐭𝐨)
- 5 inadmitidos de otras dos nacionalidades: Colombia aa República Dominicana
- 15 impedimentos de salida
- 2 ciudadanos ecuatorianos expulsados que arribaron al país, procedentes de España y Chile
- 1 orden de captura en la sección de salidas
- 2 casos entregados a Policía Judicial, con pasaporte presuntamente adulterado y visa presuntamente falsa.
𝐀𝐞𝐫𝐨𝐩𝐮𝐞𝐫𝐭𝐨 𝐈𝐧𝐭𝐞𝐫𝐧𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥 𝐄𝐥𝐨𝐲 𝐀𝐥𝐟𝐚𝐫𝐨 (𝐌𝐚𝐧𝐭𝐚)
- 1 impedimento judicial de salida del país
𝐔𝐧𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐝𝐞 𝐂𝐨𝐧𝐭𝐫𝐨𝐥 𝐌𝐢𝐠𝐫𝐚𝐭𝐨𝐫𝐢𝐨 𝐇𝐮𝐚𝐪𝐮𝐢𝐥𝐥𝐚𝐬 (terrestre)
- 2 impedimentos judiciales judiciales
- 1 ciudadano con orden de captura entregada a la Policía
- 2 inadmitidos por no contar con días disponibles en el año cronológico y no justificar condición migratoria
- 4 casos por presunción de sello falso, entregados a la Policía
La Ley Orgánica de Movilidad Humana, en su artículo 134, establecelas causas de inadmisibilidad:
- Presentar documentos de viaje o visas falsificadas o adulteradas.
- Registrar en sus antecedentes penales delitos sancionados con pena privativa de libertad mayor a cinco años en el Ecuador o en otro país.
- Ingresar por lugares no autorizados o evadiendo el control migratorio.
- Haber sido deportado, expulsado o ser objeto de prohibición de ingreso al Ecuador, mientras no se haya cumplido el plazo correspondiente o se haya levantado la prohibición.
- Ser buscado por organismos de justicia nacional o internacionales.
- Atentar contra la seguridad interna o estructura del Estado ecuatoriano, según información debidamente motivada.
- Incumplir los requisitos establecidos en la ley para el ingreso al país, según el tipo migratorio correspondiente.
- Carecer de medios lícitos de subsistencia durante su estadía.
- Otras determinadas en tratados o convenios internacionales suscritos por el Ecuador.




