La finalidad del registro de objetos sobre la realización del aborto que pretendía el Gobierno de España a través del Ministerio de Sanidad, era evitar que se discriminara a los objetores ya los no objetores, unos datos que deben realizar las comunidades autónomas ya que tienen transferidas las responsabilidades en materia sanitaria. Todas las comunidades han cumplido con la creación del registro que marcaba la ley. Salvo Madrid.
Hoy finaliza el plazo de un mes que dimos a para crear el registro de objetos y garantizar el aborto en la sanidad pública.
Madrid es la única comunidad que no cumple. Comenzamos los trámites para interponer un recurso contencioso administrativo. Nos vemos en los tribunales. pic.twitter.com/Y2u4JGrVlr
— Mónica García (@Monica_Garcia_G) 15 de noviembre de 2025
«No sé qué le pasa a la señora Ayuso contra las mujeres, cuál es esta cruzada que les ha tendido a las mujeres de la Comunidad de Madrid. La señora Ayuso ha decidido ponerse una vez más del lado equivocado de la historia. Nosotros estamos con la libertad de las mujeres para poder elegir sobre su cuerpo, sobre su vida y sobre su maternidad», ha comentado la ministra.
Añade la titular de Sanidad, «como se ha declarado insumisa con la ley, vamos a ir a los tribunales. La señora Ayuso tendrá que responder sobre esa obstaculización de la ley y esa rebelión que le ha declarado a la ley, la democracia ya las mujeres de la Comunidad de Madrid».
Tal y como se desprende de las declaraciones de la ministra, se inician así los trámites judiciales correspondientes ante el Tribunal Contencioso-Administrativo. Remitiéndonos a los pasos que se podrán derivar ahora en una sanción administrativasdesde multas económicas, suspensión o revocación de autorizacionesy acciones correctivas obligatorias (por ejemplo, adaptar protocolos sanitarios).
También puede haber consecuencias judiciales: Si la comunidad persiste en el incumplimiento, el Estado puede acudir al Tribunal Constitucional para exigir el cumplimiento de la ley (art. 155 CE en casos extremos). oh penales, sólo si el incumplimiento implica delitos (por ejemplo, poner en riesgo grave la salud pública).
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Lo más habitual es que el Ministerio puede requerir formalmente a la comunidad que cumpla la norma en un plazo determinado. Si no lo hace, se pueden imponer sanciones y, en última instancia, ejecutar medidas coercitivas mediante resolución judicial.
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