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El presidente Gustavo Petro rechazó la negativa por parte de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) a la transmisión de una nueva alocución presidencial que interrumpiría la programación habitual de los canales de la televisión colombiana. La decisión, según fue informada la Casa de Nariño, se tomó con base en los criterios de urgencia determinados por el Consejo de Estado.
El jefe de Estado acusó de censura a la entidad y afirmó que la comunicación será transmitida por los medios oficiales de Presidencia y por el canal público RTVC a las 7 pm del jueves 16 de octubre.
Presidente Gustavo Petro rechazó decisión de la CRC
La solicitud de alocución presidencial fue radicada el pasado miércoles 15 de octubre. Sin embargo, fue negada por la CRC que se basó en la sentencia del Consejo de Estado del pasado 16 de septiembre en la que se determinaron criterios para la aprobación de estas transmisiones.
En una publicación de su X, el mandatario se mostró en desacuerdo con la decisión y aseguró que «el presidente de la República de Colombia ha sido censurado en su propio país», procediendo a «invitar» abogados colombianos e internacionales a «mameluco la censura en Colombia».
En el corto texto, además, acusó la decisión como un «intento de las mafias de recuperar el poder», a pesar de la explicación de la Comisión en su decisión de no interrumpir la programación habitual de los canales.
Por último, anunció que, a pesar de no haber sido aprobada la solicitud, hará uso del canal RTVC para llevar a cabo la transmisión, sobre las 7 pm del jueves 16 de octubre. «Invito a toda a la audiencia de Colombia a escuchar lo que iba a decir», finalizó.
Las razones de la CRC para no autorizar la alocución presidencial
Luego de verificar la solicitud presentada por la Casa de Nariño este miércoles, la CRC anunció que, el formulario presentado, no manifestaba razones por las cuales la alocución cumpliera con los criterios de urgencia, uso excepcional y delimitación temática.
Sobre la necesidad de interrumpir la programación de los canales de televisión en el país, la Comisión aseguró que no hay «una circunstancia grave, sobreviniente o inaplazable» que lo justifique en este caso. Sin embargo, puntualizó en el hecho de que la solicitud puede ser ajustada a los criterios y enviada nuevamente para ser evaluada y, de cumplirlos, ser aprobada.
Por otra parte, la CRC fue enfática al mencionar que la decisión no atenta contra la libertad de expresión del jefe de Estado ni su derecho a dirigirse al país «sino que atiende al mandato judicial que ordena aplicar criterios objetivos para garantizar el uso razonable, «Proporcional y excepcional del servicio público de televisión».
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